BOLETĆN SEMANAL
Porque sabemos que la información es importante para la toma acertada de decisiones, presentamos nuestro boletĆn semanal, con información actual y relevante; generando una recopilación de noticias financieras, como una herramienta a su disposición.
MIĆRCOLES 16 DICIEMBRE DEL 2020
generalidades del cabys
aeroemba: Nueva herramienta del ministerio de hacienda
Los obligados tributarios debemos utilizar el catĆ”logo de bienes y servicios (CABYS) desde el pasado 01 de diciembre 2020 y no obstante, hemos participado de charlas virtuales, las dudas persisten, por lo que le invitamos revisar con detalle el siguiente vĆnculo del BCCR:
ā
ā
En el enlace anterior usted podrĆ” acceder a la guĆa de uso del buscador web, consultas y respuestas frecuentes y a medios de contacto para dudas adicionales.
ā
El Ministerio de Hacienda pone a nuestra disposición la herramienta AEROEMBA, de tal forma que podamos consultar el valor fiscal y el impuesto a la propiedad de aeronaves y embarcaciones al digitar el nĆŗmero de matrĆcula.
ā
A continuación el enlace de la aplicación:
ā
ā
ā
Seguidamente información general de la herramienta AEROEMBA:
ā
LlevƔndose a cabo en el Centro de Convenciones de Costa Rica
Fecha y Horario
ā
viernes 22 de noviembre del 2019
8:00 am
a
5:00 pm
Inversiónā
ā
CPA: ¢90,675.00 (IVA incluido)
PG: ¢119,925.00 (IVA incluido)

A todos en mayor o menor medida nos afecta la resolución DGT-R-13-2020 de mediados de junio del 2020 (y que por cierto se modificó por la resolución DGT-R-27-2020 en setiembre 2020) que aplica el cobro del IVA sobre algunos servicios digitales transfronterizos; de hecho a principios de noviembre del 2020 recibimos llamadas telefónicas y correos por consultas respecto de cobros inusuales de bancos estatales por compras de bienes intangibles que cita el anexo 6. Pues hoy una vez mĆ”s se modifican y adicionan artĆculos a la resolución DGT-R-13-2020 mediante resolución DGT-R-42-2020 en el Alcance N° 328 a La Gaceta N° 293 del 15 de diciembre del 2020, de tal forma que se modifica el artĆculo 17 y el artĆculo 20, se incluyen algunos servicios transfronterizos al Anexo 6 los cuales rigen cobro del IVA a partir del viernes 18 de diciembre del 2020: Booking, Despegar, Expedia, Didi, Uber, Aplaudir.com y Disney +, se adiciona el artĆculo 27 bis, se incluye un Anexo 7, entre otra información de nuestro interĆ©s, la cual recomendamos revisar la pĆ”gina 7 hasta la 11 del Alcance N° 328 a La Gaceta N° 293 del 15 de diciembre del 2020:
https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2020/12/15/ALCA328_15_12_2020.pdf
... o si lo prefiere puede revisar el siguiente enlace del Ministerio de Hacienda: